CONVOCATORIA DE AYUDAS 2021 DESTINADAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y OTRAS TECNOLOGÍAS DIGITALES Y SU INTEGRACIÓN EN LAS CADENAS DE VALOR
Introducción:
El 23 de julio de 2020 se presentó el Plan España Digital 2025, una Agenda actualizada que impulsa la Transformación Digital de España como una de las palancas fundamentales para relanzar el crecimiento económico, la reducción de la desigualdad, el aumento de la productividad, y el aprovechamiento de todas las oportunidades que brindan estas nuevas tecnologías.
La Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial proporciona un marco de referencia e impulso para el sector público y privado. De hecho, el impulso a la Inteligencia Artificial (IA) constituye uno de los elementos principales de la Agenda España Digital 2025. El eje estratégico 1 de dicha estrategia se centra en impulsar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en inteligencia artificial mediante la medida 6, fomentando los programas de ayudas a empresas para el desarrollo de soluciones en IA y datos. También el eje 4 contiene la medida 17 que trata de impulsar programas de ayudas a empresas para la incorporación de la IA en los procesos productivos de las cadenas de valor.
El 8 de septiembre de 2020 el Consejo de Ministros aprobó la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 (EECTI 2021-2027) que es el instrumento de base para consolidar y reforzar el Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI) en los próximos siete años. La EECTI 2021-2027 fomentará la coordinación y el alineamiento de las políticas públicas que favorezcan la digitalización de nuestra sociedad y nuestra industria en el ámbito de la I+D+I.
El Consejo de Ministros del día 27 de abril de 2021 aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. El Plan es el instrumento fundamental para el desarrollo de los fondos europeos de recuperación “Next Generation EU” y está estructurado en torno a las cuatro transformaciones que el Gobierno ha situado desde mediados de 2018 en el centro de la estrategia de política económica: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial.
En este marco, Red.es pone en marcha la Convocatoria de ayudas 2021 destinadas a proyectos de investigación y desarrollo en Inteligencia Artificial y otras tecnologías digitales y su integración en las cadenas de valor, que tiene un doble propósito, por un lado, impulsar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en inteligencia artificial y por otro, fomentar el desarrollo tecnológico para la incorporación de la inteligencia artificial en los procesos productivos de las cadenas de valor.
Con el fin de lograr el mejor aprovechamiento de los fondos disponibles, las actuaciones a realizar por Red.es en esta Convocatoria podrán ser cofinanciadas, siempre que sea posible, con cargo a los fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Descripción:
Esta Convocatoria tiene la finalidad de seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas para financiar proyectos y actuaciones subvencionables con las siguientes características: “el desarrollo de ámbitos estratégicos de la I+D+i empresarial y el emprendimiento en el ámbito tecnológico. Entre otras actuaciones, se incluyen aquéllas que aborden el desarrollo y el emprendimiento tecnológico frente a retos de la sociedad, de forma que fomenten el desarrollo de los conocimientos y tecnologías necesarios para abordar y buscar soluciones a problemas complejos asociados a dichos retos, incorporando para ello la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en sentido amplio.”
Los proyectos objeto de ayuda de esta Convocatoria serán proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental. A estos efectos, se considera la definición recogida en el artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Es decir:
Se entiende por «investigación industrial»: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
Se entiende por «desarrollo experimental»: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.
Los proyectos subvencionables deberán consistir en actuaciones relacionadas con alguna de las siguientes tecnologías digitales:
a) Inteligencia artificial: machine learning; deep learning; neural networks.
b) Internet de las Cosas (IoT).
c) Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información (Open/ Linked/Big Data).
d) Computación de alto rendimiento (high performance computing).
e) Computación en la nube.
f) Procesamiento de lenguaje natural.
g) Ciberseguridad; biometría e identidad digital.
h) Blockchain (Cadena de Bloques).
i) Robótica.
j) Realidad virtual y aumentada, efectos especiales y simulación.
k) Impresión 3D y fabricación aditiva.
Presupuesto de las ayudas:
El presupuesto total de las ayudas asciende a la cantidad de 105.000.000 €, distribuidos de la siguiente forma:
Tipo de proyecto |
Importe |
a) Proyectos de investigación industrial |
50.000.000 € |
b) Proyectos de desarrollo experimental |
55.000.000 € |
Total |
105.000.000 € |
En el caso de que el importe acumulado de los proyectos seleccionados para financiación en cada una de las tipologías anteriores fuera inferior al importe indicado, el remanente se destinará a la financiación de proyectos de otra tipología.
Presupuesto subvencionable y cuantía de la ayuda:
El presupuesto mínimo de los proyectos de investigación industrial será de 500.000 € y el máximo de 10.000.000 €.
En el caso de los proyectos de desarrollo experimental, el presupuesto mínimo de los proyectos será de 300.000 € y el máximo de 5.000.000 €.
Tipo de proyecto |
Intensidades de ayuda máximas de los costes subvencionables |
||
Pequeña empresa |
Mediana empresa |
Empresa No Pyme |
|
a.1) Investigación industrial |
70% |
60% |
50% |
a.2) Investigación industrial. Amplia difusión de los resultados |
80% |
75% |
65% |
b.1) Desarrollo experimental. |
45% |
35% |
25% |
b.2) Desarrollo experimental. Amplia difusión de los resultados |
60% |
50% |
40% |
Requisitos de participación:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas, según la definición de empresa y sus diferentes categorías, que figuran en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en apliación de los artículos 107 y 108 del Tratado, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo sexto de las Bases Reguladoras y en el apartado tercero de la Convocoatoria.
No podrán ser beneficiarias: las empresas de naturaleza pública, las entidades de derecho público, las entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las asociaciones o fundaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de estas), las sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Cada entidad solicitante podrá presentar a esta Convocatoria tantos proyectos distintos como estime oportuno. En el caso de que se reciban varias solicitudes para el mismo proyecto, sólo se tendrá en cuenta la última de las recibidas. No obstante, se financiará un máximo de tres proyectos por entidad solicitante.
La ayuda deberá tener un efecto incentivador en la actividad objeto de la misma y debe cambiar el comportamiento de la empresa de tal manera que esta emprenda actividades complementarias que no realizaría, o que, sin la ayuda, realizaría de una manera limitada o diferente.
Las solicitudes se presentarán a través del formulario habilitado al efecto en la Sede Electrónica de Red.es, dentro del plazo establecido. Toda la documentación de la solicitud deberá presentarse en castellano y deberá estar firmada digitalmente por un representante del solicitante debidamente apoderado. En el caso de que la entidad solicitante cuente con representación mancomunada, la firma deberá realizarse por todos los representantes que sean necesarios.
Documentación a presentar en la solicitud:
El detalle de la documentación a
presentar se recoge en el Anexo I de la Convocatoria. La documentación
necesaria para solicitar la ayuda se deberá presentar en dos momentos
diferenciados:
A. Documentación a presentar en el momento de formalizar la solicitud: incluye la solicitud electrónica y la documentación que servirá para la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo decimoprimero de las Bases Reguladoras:
- Memoria de proyecto.
- Acuerdos con terceros.
- Información económica.
- Memoria del efecto incentivador.
B. Documentación
a presentar tras la valoración de los criterios, a requerimiento de Red.es: incluye
la documentación acreditativa de los requisitos de los beneficiarios:
- Acreditación de la representación firmante.
- Acreditación del tamaño de empresa.
- Acreditación de no haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo gasto subvencionable procedentes de cualquier Administración o ente público.
- Acreditación de los requisitos establecidos en el artículo 6 de las Bases Reguladoras.
DOCUMENTOS | SELLO DE TIEMPO | DESCARGA |
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Anuncio Solicitud Documentación - Junio 2022 | ||
Anuncio Requerimiento Subsanación - Julio 2022 |
TIPO | FECHA INICIO | FECHA FIN | |
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PRESENTAR |
Plazo de presentación de solicitudes:
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