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C056/25-DG

Real Decreto 868/2025, de 30 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1024/2022, de 13 de diciembre

Nota
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Real Decreto 868/2025, de 30 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1024/2022, de 13 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a asociaciones de autónomos y empresarios para la realización de actuaciones de difusión y acompañamiento entre los colectivos de autónomos, jóvenes empresarios y agricultores y ganaderos en el marco del Programa Kit Digital.

Artículo único. Modificación del Real Decreto 1024/2022, de 13 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a asociaciones de autónomos y empresarios para la realización de actuaciones de difusión y acompañamiento entre los colectivos de autónomos, jóvenes empresarios y agricultores y ganaderos en el marco del Programa Kit Digital.

Uno. El apartado 1 del artículo 4 queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 4. Entidades beneficiarias.
1. Serán beneficiarias de la concesión directa de subvenciones las siguientes entidades:

a) Asociaciones en representación del colectivo de autónomos:

1.º Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
2.º Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).
3.º Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE).

b) Asociaciones en representación de colectivos de agricultores y ganaderos:

1.º Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (ASAJA).
2.º Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos-Iniciativa Rural (COAG-IR).
3.º Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA).
4.º Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos (UdU).

c) Asociaciones en representación del colectivo de jóvenes empresarios:

1.º Confederación Española de Asociaciones de Jóvenes Empresarios (CEAJE).»
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