CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2022 DEL PROGRAMA DE AYUDAS EN EL ÁMBITO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN PARA LA CREACIÓN DE UN ECOSISTEMA DIGITAL EN EL SECTOR AUDIOVISUAL
Descripción
Concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas dinerarias a fondo perdido, destinadas a la creación de ecosistemas digitales en el sector audiovisual, en el marco de del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
La finalidad de las ayudas es financiar el desarrollo, por parte de entidades locales de actuaciones o subproyectos destinados a reforzar las infraestructuras del ecosistema digital en el sector audiovisual facilitando la creación, distribución y manejo de la información y la tecnología más avanzada por las pymes del sector audiovisual, y apoyando la creación de espacios para la innovación dotados con tecnología avanzada que permitirán que al menos 20 pymes del sector audiovisual puedan superar sus barreras digitales y emprender sus proyectos a fecha 31 de diciembre de 2023.
Bases Reguladoras
Recogidas en la Orden ETD/677/2022 de 14 de julo y disponibles en el siguiente enlace: www.boe.es/eli/es/o/2022/07/14/etd677
Solicitudes de participación
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden las entidades locales que cumplan los requisitos del artículo 17 de las Bases reguladoras.
No se admitirá ninguna solicitud que no incluya:
· Formulario de solicitud, conforme al modelo del anexo I, que incluirá una declaración de otras ayudas concurrentes con la inversión presentada, así como la ayuda solicitada, dentro de los intervalos de intensidad de la ayuda detalladas en el artículo 12.
· Memoria descriptiva de la inversión, firmada electrónicamente, que se ajustará al modelo establecido en el anexo II.
· Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
· Datos de la cuenta bancaria única del beneficiario de la ayuda. En el caso de solicitudes en agrupación, datos de las cuentas bancarias de cada uno de los beneficiarios.
· Compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude («OLAF»), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
· Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, conforme al modelo establecido en el anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
· Las declaraciones responsables a las que se hace referencia en al artículo 18, 2, letra g.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de la circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar las correspondientes certificaciones. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones correspondientes.Los potenciales beneficiarios deberán presentar una solicitud de ayuda única que podrá englobar una o varias de las categorías de gastos indicados en el artículo 11 de las Bases reguladoras.
TIPO | FECHA INICIO | FECHA FIN | |
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PRESENTAR |
Plazo de presentación de solicitudes:
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