CONVOCATORIA DE AYUDAS 2024 PARA ACTUACIONES DE FORMACIÓN EN COMPETENCIAS BÁSICAS DIGITALES EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Introducción:
La
Agenda España Digital 2025, actualizada al horizonte 2026 para alinear sus
objetivos con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
ilustra de forma precisa la importancia que tiene la digitalización de todos
los sectores productivos y de la sociedad para alcanzar la recuperación
económica y hacerlo además de manera sostenible e inclusiva. La
transformación digital de la economía y de la sociedad, fuera de toda duda, es
objeto de interés público, social y económico con la máxima prioridad.
En
enero de 2021, el Gobierno aprobó el Plan Nacional de Competencias Digitales
(en adelante, PNCD), una estrategia integral que pretende aumentar el nivel de
competencias digitales de los distintos colectivos que forman la sociedad
española en función de sus necesidades, desde la ciudadanía en general hasta
especialistas digitales, pasando por el ámbito educativo y laboral (ocupados,
personas desempleadas, personal funcionario, etc.), todo ello prestando
especial atención a la reducción de las brechas digitales existentes.
El
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública es el
Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno
en materia de transformación digital, según lo dispuesto en el Real Decreto
210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece su estructura orgánica
básica.
La
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA)
es responsable de la implementación de varias inversiones que se integran en el
Componente 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales» del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
La
entidad pública empresarial Red.es, (M.P.), adscrita al Ministerio para
la Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la SEDIA, es la
entidad pública competente para fomentar las competencias digitales de las
pymes y de las personas mediante la concesión de subvenciones públicas.
Las líneas de subvenciones reguladas en esta convocatoria se encuentran acogidas al Componente 19, Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills), en su inversión 1-Competencias digitales transversales, acciones de capacitación para la ciudadanía digital y contribuirán directamente al cumplimiento del objetivo CID número 288 - Capacitación digital de la ciudadanía, que tiene como objetivo global la formación de 2.600.000 ciudadanos en competencias digitales de acuerdo con las acciones en el marco de la medida.
Descripción:
La presente Convocatoria tiene la finalidad de seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas que deberán desarrollar los programas de formación de personas destinatarias de dichos programas en el ámbito de las competencias básicas digitales.
Los objetivos del programa de formación en competencias básicas digitales objeto de esta convocatoria son:
1) Ofrecer a las personas que no dispongan competencias básicas digitales, conocimientos básicos de forma que ayuden a disminuir la brecha digital.
2) Ofrecer programas de formación de índole práctico y orientados a la vida cotidiana de las personas.
Los cursos de formación constarán de dos tipos de actividades:
a) Sesiones Formativas: clases formativas presenciales en grupo de 8 horas de duración en las que se impartirán las materias del programa. Las horas lectivas deben desarrollarse en al menos 3 días diferentes. Las sesiones formativas serán en modalidad presencial, salvo que por causas de fuerza mayor ajenas al beneficiario y previa petición de éste y autorización expresa de Red.es, la formación no pueda llevarse a cabo presencialmente. En este caso la formación se impartirá a través de aula virtual. No se admitirá formación que no se imparta en alguna de estas dos modalidades.
b) Tutorías: asesoramiento por parte del docente de un mínimo de 4 horas de duración por cada edición, orientado a responder a necesidades específicas de cada participante y a facilitarle la puesta en práctica de los conocimientos y competencias adquiridos durante el curso de formación, así como para aquellos participantes que no dispongan de correo electrónico, se les guiará en la creación de una cuenta personal y esta será aportada a los datos de inscripción del participante. Las 4 horas de tutorías son una actividad adicional y complementaria a las sesiones formativas, se ofrecerán a todos los participantes en modalidad presencial, salvo que por causas de fuerza mayor ajenas al beneficiario y previa petición de este y autorización expresa de Red.es esta no pueda llevarse a cabo presencialmente. En este caso, las tutorías de impartirán a través de aula virtual. No se admitirán tutorías que no se impartan en alguna de estas dos modalidades. Las tutorías tendrán carácter voluntario para los participantes, se impartirán de forma previa o a continuación de las sesiones formativas diarias, pudiendo realizarse en formato individual para cada participante o en formato grupal.
Los
cursos se diseñarán de manera que garanticen la adquisición de las competencias
digitales necesarias para que aquellas personas que lo cursen obtengan, al
menos, competencias digitales básicas o superiores, en el marco de las cinco
áreas competenciales del DigComp.
A los efectos de esta convocatoria, los destinatarios de los programas de formación estarán formados por cuatro grupos de personas:
Grupo A: Personas mayores. Se consideran dentro de este grupo a las personas mayores de 60 años o que cumplan 60 años en el año natural en que se imparte el curso.
Grupo B: Personas con discapacidad. Se consideran en este grupo a las personas que cumplan la definición de personas con discapacidad establecida en el artículo 4 del Real Decreto Ley 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Grupo C: Personas vulnerables. Dentro de este grupo se incluyen personas que cumplan la definición de personas en riesgo de pobreza y/o exclusión social según la Estrategia Europa 2020, a los que se les denomina ERPE (personas en Riesgo de Pobreza y/o Exclusión) o las siglas en inglés AROPE (At Risk of Poverty and/or Exclusión) y las personas que hayan solicitado la prestación o sean beneficiarias del Ingreso Mínimo vital, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10 de la ley 19/2021, de 20 de diciembre, entendiendo como tales en el caso de una unidad de convivencia, tanto la persona titular de la prestación, como el resto de integrantes de dicha unidad mayores de edad.
Grupo D: población sin competencias digitales básicas. Se incluyen en este grupo las personas que no cuenten con competencias digitales básicas, incluidas aquellas específicas dirigidas al acompañamiento digital de menores.
El
presupuesto de esta convocatoria se dedicará a formar en competencias básicas
digitales en todo el territorio nacional a un número de participantes
indicativo estimado de 209.600 personas.
Presupuesto y financiación:
El
presupuesto total de las ayudas asciende a la cantidad de 45.000.000,00
euros, que será financiada con cargo a la inversión 1 del Componente 19 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La
ayuda se corresponderá con una aportación dineraria sujeta a la correcta
ejecución y justificación del programa de formación realizado por el
beneficiario, e identificada como módulo económico y verificada por Red.es. Se
entiende por módulo económico el coste por alumno que haya finalizado el
programa de formación de acuerdo con la definición de destinatario final
definida en la Convocatoria.
A
los efectos de esta convocatoria, el módulo económico por destinatario final
se establece en los siguientes términos:
Módulo económico por destinatario final |
|
A |
230 € |
B |
300 € |
C |
230 € |
D |
185 € |
La
intensidad de la ayuda será del 100% del coste del módulo, sin perjuicio de las minoraciones que
se indican en el apartado decimoctavo de la Convocatoria.
La
formación de las actuaciones se deberá realizar en todo el territorio nacional. Las comunidades/ciudades autónomas que
conforman el territorio nacional son:
Andalucía,
Extremadura, Castilla-La Mancha, Región de Murcia, Canarias, Ceuta, Melilla,
Galicia, Principado de Asturias, Cantabria, Cataluña, Aragón, País Vasco,
Comunidad de Madrid, Castilla y León, Islas Baleares, Comunidad Valenciana,
Comunidad Foral de Navarra y La Rioja.
Con
el fin de conseguir una distribución regional equilibrada, se establece que al
menos se realice una edición de un curso en 15 de las 19 comunidades/ciudades
autónomas indicadas en apartado anterior. Las 15 comunidades/ciudades autónomas
serán elegidas por parte del beneficiario con el requisito de que dentro de las
15 se encuentre al menos una de estas cuatro: Ceuta, Melilla, Extremadura o
Canarias.
La
regionalización la determina el lugar en el que se imparte el curso de
formación en modalidad presencial. En el caso de que por causas de fuerza mayor
ajenas al beneficiario y previa petición de este y autorización expresa de
Red.es, la formación pueda impartirse a través de aula virtual, la
regionalización estará determinada por la residencia de los participantes
registrados en el programa. En este último caso el beneficiario deberá
garantizar que todos los participantes de una edición residan en la misma
comunidad/ciudad autónoma y esta será la que determine el lugar de realización
de dicha edición.
Los
solicitantes podrán presentar una propuesta de proyecto por cada lote de
los indicados en las tablas siguientes. En el caso de que presente varias
propuestas en el mismo lote, sólo se tendrá en cuenta la última presentada.
El
número máximo de proyectos financiables por entidad beneficiaria será 3,
excepto en los casos en los que en alguno de los lotes a los que haya
presentado una propuesta el beneficiario que haya alcanzado dicho máximo, no se
haya asignado ningún proyecto, siendo este beneficiario el único de la lista
prelación para ese lote.
En la siguiente tabla se establece el importe indicativo del presupuesto total por lote, así como el importe mínimo y máximo de los proyectos admitidos en cada uno de ellos. La cuantía mínima de cada proyecto es 2.500.000 € en todo caso.
Lote |
Importe indicativo por lote |
Importe mínimo de los proyectos admitidos |
Importe máximo de los proyectos admitidos |
Grupo de destinatarios |
1 |
17.000.000 € |
2.500.000 € |
17.000.000 € |
A |
2 |
5.000.000 € |
2.500.000 € |
5.000.000 € |
B |
3 |
5.000.000 € |
2.500.000 € |
5.000.000 € |
C |
4 |
18.000.000 € |
2.500.000 € |
9.000.000 € |
D |
Total |
45.000.000 € |
|
|
|
Para
aquellos beneficiarios que lo soliciten, Red.es realizará un pago anticipado
de hasta el 50% del total de la ayuda concedida. La realización del pago
anticipado requerirá de la constitución de garantías por la totalidad del
importe correspondiente a dicho pago. En caso de que el beneficiario no
constituya la garantía, se considerará desistida la solicitud del pago
anticipado.
Requisitos de participación:
En el procedimiento de concesión de subvenciones podrán ser solicitantes de las ayudas las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas en España o que tengan, al menos, un establecimiento o sucursal en España en el momento de presentación de la solicitud y que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo octavo de las Bases Reguladoras:
a) Empresas. Según la definición del artículo 1 del anexo I y de los apartados 2) y 24) del artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
b) Fundaciones y Asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones y uniones de estas) legalmente constituidas y dadas de alta en la Oficina Pública o el Registro correspondiente.
No podrán ser beneficiarias las empresas
de naturaleza pública, las entidades de derecho público, las agrupaciones de
personas físicas o jurídicas, los Colegios profesionales, las sociedades
civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio
separado que carezca de personalidad jurídica.
Documentación a presentar en la solicitud:
Las
solicitudes se presentarán a través del formulario específico publicado en
la Sede Electrónica de Red.es y deberán estar firmadas digitalmente por
un representante del solicitante debidamente apoderado. En el caso de que
la entidad solicitante cuente con representación mancomunada, la firma deberá
realizarse por todos los representantes que sean precisos.
Tanto
la solicitud como todos los documentos deberán estar, al menos, en castellano.
En caso de que la documentación original no se encuentre en castellano, deberá
aportarse copia de los originales de los documentos solicitados, o de su
equivalente en cada estado miembro, así como la traducción de estos al
castellano. La traducción deberá haberse realizado por un traductor jurado.
El
detalle de la documentación a presentar se recoge en el Anexo I de la
Convocatoria. La documentación necesaria para solicitar la ayuda se deberá
presentar en dos momentos diferenciados:
A. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL MOMENTO
DE FORMALIZAR LA SOLICITUD DE AYUDA:
1.
Solicitud
electrónica. Se trata
de un formulario habilitado en la Sede Electrónica de Red.es. Se cumplimentará
y enviará, firmado digitalmente por el representante legal de la entidad.
2.
Documentación
que acompaña la solicitud.
a)
Memoria
del proyecto.
b)
Presupuesto
subvencionable.
c)
Documentación
para la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el apartado
Séptimo de la Convocatoria.
a.
Acuerdos
con terceros.
b.
Información
económica.
c.
Información
experiencia.
B. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR A
REQUERIMIENTO DE RED.ES PARA LA ACREDITACIÓN DE REQUISITOS DE LAS ENTIDADES
BENEFICIARIAS
1.
Acreditación
de la representación del firmante.
2.
De
acuerdo con el artículo 8 y Anexo IV de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre:
a)
Declaración
de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
b)
Declaración
responsable de aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones
Públicas.
c)
Declaración
responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR.
d)
Inscripción
en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
3.
Declaración
responsable de cumplimiento del resto de condiciones para el acceso a la ayuda.
4.
Acreditación de no haber recibido ayudas o
subvenciones para el mismo proyecto y gasto subvencionable procedentes de cualquier
Administración o ente público.
5.
Acreditación
de los requisitos establecidos en el artículo 8 “Entidades beneficiarias y
requisitos” de las bases reguladoras:
a)
Acreditación
de que estén válidamente constituidas en España o que tengan, al menos, un
establecimiento o sucursal en España en el momento de presentación de la
solicitud.
b)
Acreditación
de que su domicilio fiscal esté ubicado en la Unión Europea y disponga de una
residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español.
c)
Acreditación
de no estar incurso en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d)
Acreditación
de los requisitos establecidos en las letras d), e), g) y h) del artículo 8
“Entidades beneficiarias y requisitos”, apartado segundo, de las bases
reguladoras.
6. Declaración responsable de cumplimiento del principio de no causar daño significativo (DNSH) de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 “Principio de «no causar daño significativo»” de las bases reguladoras.
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Bases Reguladoras | ||
Convocatoria | ||
Resolución de Modificación de la Convocatoria |
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FAQs 2024.05.09 |
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Guía de presentación de solicitudes |
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Plantilla Memoria del Proyecto |
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Resolución de Concesión |
TIPO | FECHA INICIO | FECHA FIN | |
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PRESENTAR |
Plazo de presentación de solicitudes:
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