INVITACIÓN GENERAL PARA PARTICIPAR EN EL IMPULSO AL DESARROLLO DE ECOSISTEMAS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL PARA STARTUPS Y PYMES
Descripción:
La presente Invitación tiene por objeto seleccionar a las entidades o agrupaciones de entidades con las que Red.es podrá firmar convenios para impulsar el desarrollo de casos de uso de inteligencia artificial y la puesta a disposición en modo servicio de una plataforma de IA para su utilización por startups y pymes.
Las actuaciones que se desarrollen en los futuros convenios comprenderán el desarrollo de un ecosistema de startups y pymes basado en el uso de datos y su explotación mediante tecnologías de IA. Para ello, se desarrollarán casos de uso de inteligencia artificial que den respuesta a los principales retos empresariales y se pondrá a disposición de pymes y startups, en modo servicio, a través de plataformas de IA, de forma que puedan ser adoptados por un número significativo de pequeñas y medianas empresas en diversos sectores de actividad.
El objetivo principal de los futuros convenios será el
establecimiento de los términos de colaboración entre Red.es y las Entidades
Colaboradoras para el desarrollo de proyectos cuyas actuaciones se basen en la
puesta a disposición de startups y pymes de plataformas de IA, casos de uso
basados en IA y su generalización para su reutilización por pymes y startups
que den respuesta a problemas reales de sus procesos de negocio.
En concreto:
- Poner a disposición en modo servicio de las pymes y startups plataformas de IA para el desarrollo de casos de uso basados en IA y su generalización para su reutilización por pymes y startups en modo servicio sostenible en el tiempo.
- Desarrollar, sobre las plataformas puestas a disposición, casos de uso y su generalización para su reutilización para lo que contarán con empresas de diferentes sectores productivos y startups tecnológicas.
- Aplicar y experimentar estos casos de uso en un conjunto de pymes y startups de diferentes sectores de actividad económica.
- Analizar los resultados obtenidos y desarrollar metodologías que permitan dar continuidad al desarrollo de casos de uso sobre las plataformas propuestas.
- Poner a disposición dichos casos de uso para las startups y las pymes.
Presupuesto
y financiación:
El presupuesto total máximo que
Red.es destinará para el desarrollo de las actividades descritas asciende a
40.000.000 €.
La financiación se llevará a cabo en los siguientes términos:
- La aportación de cada Entidad Colaboradora para el desarrollo del futuro convenio será de, como mínimo, del 20% del presupuesto total de su proyecto. Esta aportación podrá ser en especie, en cuyo caso la Entidad Solicitante deberá presentar en su solicitud una cuantificación económica de dicha aportación, así como la descripción de las aportaciones propuestas. Se consideran válidas las aportaciones en especie asociadas a la plataforma de IA puesta a disposición, las aportaciones al convenio de resultados de iniciativas desarrolladas previamente por el solicitante y el coste de medios físicos y técnicos puestos a disposición para el desarrollo de las diferentes actividades del convenio. Aquellas Entidades Colaboradoras que en su contribución a los mismos tengan una cantidad en especie deberán contar con la documentación que soporte el importe de esa contribución.
- Red.es financiará un máximo por convenio de 12.000.000,00 €, y en cualquier caso la financiación no superará el 80% del total del convenio, de los cuales el 2% de la aportación será ejecutado directamente por Red.es en actuaciones relacionadas con las líneas de trabajo indicadas en el apartado segundo de la Invitación, y el resto será transferido a las Entidades Colaboradoras.
- La distribución de los costes por líneas de actuación se detallará en el convenio correspondiente.
Requisitos
de participación:
Podrán participar en la presente Invitación las entidades que cumplan los siguientes requisitos.
Tener entre sus objetivos o desarrollen actividades relacionadas con el estudio, el desarrollo, la difusión o la promoción de la inteligencia artificial, o con la mejora de la competitividad de las pymes.
- Cumplir con alguno de los siguientes tipos de entidades:
- Asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones y uniones de estas) profesionales y empresariales legalmente constituidas y dadas de alta en la Oficina Pública o el Registro correspondiente de asociaciones.
- Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
- Estar válidamente constituidas en España. Asimismo, su domicilio fiscal deberá estar ubicado en la Unión Europea y dispondrán de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En el caso de agrupaciones de entidades:
- Tendrán como máximo cinco miembros integrantes de la agrupación.
- Todos los miembros deberán cumplir los requisitos de participación indicados anteriormente.
- Deberán presentar un acuerdo de colaboración firmado por todas las entidades que formen la agrupación, en el que se deberán concretar los compromisos de ejecución tanto de actividades como económicos asumidos por cada uno de los firmantes del acuerdo.
- En el acuerdo de colaboración indicado en el punto anterior, la agrupación deberá nombrar una entidad coordinadora otorgándole la capacidad de representación de los miembros de la agrupación ante Red.es para al menos las siguientes funciones:
- Actuar como interlocutor único entre la agrupación y Red.es, canalizando las relaciones correspondientes entre este y los miembros de la agrupación. Con carácter general, el coordinador será el único con acceso a las notificaciones y comunicaciones que Red.es realice a la agrupación en el procedimiento de invitación. El coordinador deberá trasladar las mismas al resto de miembros de la agrupación.
- Recibir las futuras transferencias de Red.es para la ejecución de las actuaciones indicadas en el apartado segundo. El coordinador será responsable de su distribución entre los miembros de la agrupación, de acuerdo con lo establecido en el futuro convenio.
- Recopilar e integrar la documentación técnica y administrativa de soporte a las actuaciones realizadas por parte de la agrupación en el marco del futuro convenio.
- Realizar el seguimiento y coordinación de las actuaciones realizadas por los miembros de la agrupación en el marco del futuro convenio.
La agrupación no podrá disolverse hasta que la liquidación completa de las actuaciones que se determinen en el futuro convenio. No obstante, cuando la entidad coordinadora o alguno de los miembros abandone la agrupación, esta, a través de su representante, podrá proponer que se sume otro en su lugar, o una reasignación de actividades siempre que este cambio se ajuste a las condiciones de participación, no perjudique a la ejecución de la acción ni vaya en contra del principio de igualdad de trato. En el caso de que sea la entidad coordinadora la que abandone la agrupación, la agrupación deberá designar un nuevo coordinador con capacidad de representación suficiente para asumir las funciones indicadas anteriormente.
Las entidades que formen parte de la agrupación responderán solidariamente por el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la propuesta presentada a la Invitación y del futuro convenio, y las posibles responsabilidades por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el futuro convenio, independientemente de la parte del proyecto que ejecuten, con el alcance que corresponda en función del momento de su incorporación a la agrupación. El acuerdo firmado entre los miembros de la agrupación deberá incluir las cláusulas oportunas de responsabilidad solidaria.
El cumplimiento de los anteriores requisitos deberá acreditarse en la forma y con los medios que se determinen en el Anexo I de la Invitación.
Presentación
de la solicitud:
Las solicitudes se presentarán a
través del formulario habilitado al efecto en la Sede Electrónica de
Red.es.
El plazo de presentación de
solicitudes será dos meses a partir del día siguiente a la publicación de la
Invitación en la sede electrónica de Red.es.
No se admitirá ninguna solicitud
recibida por canales diferentes al formulario específico habilitado en la
mencionada sede electrónica, ni recibida fuera del plazo de solicitud.
En el Anexo I de la Invitación se
establece la documentación necesaria para formalizar la solicitud y para
acreditar el cumplimiento de los requisitos, y el momento de su presentación.
Tanto la solicitud como todos los
documentos deberán estar, al menos, en castellano (o ser acompañada con
traducción fiel de su contenido en castellano) y firmados digitalmente por las
personas representantes debidamente apoderadas de la Entidad Solicitante. En el
caso de agrupaciones, la solicitud deberá estar firmada por todos los
representantes legales de cada uno de los miembros de la agrupación. En el caso
de que las entidades que formen parte de las Entidades Solicitantes cuenten con
representación mancomunada, la firma deberá realizarse por todas las personas
representantes que sean necesarias.
La Entidad Solicitante, en el
formulario de solicitud, podrá autorizar a Red.es a recabar los datos relativos
a algunos de los documentos exigidos, quedando en tal caso eximido de la
necesidad de aportarlos. En el propio formulario de solicitud se especificará
para la obtención de qué datos se puede autorizar a Red.es.
Servicio de Soporte Técnico de la Sede Electrónica de Red.es
- soporte.sede@red.es
- Teléfono: 900 903 601
- de lunes a viernes de 9:00 a 18:00h.