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REAL DECRETO 1062/2024 POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS PARA EL DESARROLLO Y GESTIÓN DEL PROYECTO ESPACIO DE DATOS PARA LAS INFRAESTRUCTURAS URBANAS INTELIGENTES

Nota
Fin de plazo de presentación de solicitudes: 17/11/2024 a las 11:00 horas

Introducción

Los datos se han convertido en un recurso esencial para el crecimiento económico, la creación de empleo y el progreso social, siendo un elemento clave en la digitalización de la sociedad y en la digitalización de las empresas.

El valor de la economía de datos de la Unión Europea (UE) se estimó en 257.000 millones de euros en 2014 y se estima que dicho valor alcance los 829.000 millones de euros en 2025.

Para aprovechar esta oportunidad, la Estrategia Europea de Datos, publicada en febrero de 2020, tiene como objetivo principal la creación de un mercado común de datos que garantice el liderazgo de la Unión Europea en la economía global de los datos, mediante el libre flujo de estos en beneficio de empresas, investigadores y Administraciones Públicas. En este sentido, la Estrategia Europea de Datos recoge la importancia del desarrollo de los espacios europeos de datos, entendidos estos como ecosistemas donde materializar la compartición voluntaria de los datos de sus participantes dentro de un entorno de soberanía, confianza y seguridad, establecido mediante mecanismos integrados de gobernanza, organizativos, normativos y técnicos.

La apuesta por la economía del dato es también un eje prioritario de la Agenda España Digital 2025, actualizada a su versión de 2026, como la hoja de ruta para guiar la acción en este terreno.

El programa “Espacios de Datos Sectoriales” está recogido en la Inversión 1 (Espacios de datos sectoriales) del Componente 12 (Política Industrial España 2030) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante Plan), y está alineado con la Estrategia Europea del Dato y las actuaciones que la desarrollan. Se está implementando mediante un conjunto de iniciativas, entre las que se contemplan convocatorias de ayudas para el desarrollo de demostradores y casos de uso de espacios de datos.

España inició en la Agenda 2013 un ambicioso plan de transformación digital de las ciudades, que fue materializado poniendo en marcha el Plan Nacional de Ciudades Inteligentes (PNCI) y posteriormente el Plan Nacional de Territorios inteligentes (PNTI), los cuales están contribuyendo al desarrollo económico y a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos maximizando el impacto de las políticas públicas TIC para mejorar la productividad y la competitividad; y ayudando a transformar y modernizar la economía y la sociedad española mediante un uso eficaz e intensivo de las TIC por la ciudadanía, empresas y administraciones.

Como resultado de los esfuerzos de dichos Planes, España se ha posicionado como referente europeo y mundial en el ámbito de las Smart Cities.

Con la finalidad de consolidar los excelentes resultados obtenidos con los PNCI y PNTI anteriores y aprovechar la oportunidad del Programa de “Espacios de Datos Sectoriales” para poner en valor de manera colectiva los datos recogidos por las ciudades y territorios y ponerlos a disposición de los sectores productivos a través de los espacios de datos, se considera estratégico la creación de infraestructuras y aplicaciones que permitan su puesta en común. 

Para ello se ha diseñado una iniciativa para el desarrollo de los Espacios de Datos para las Infraestructuras Urbanas Inteligentes (en adelante EDINT), que incluye la creación de un espacio de datos multisectorial que agrupe toda la información recogida por las ciudades inteligentes. Este espacio de datos será capaz de recoger datos de los distintos ámbitos de las ciudades procedentes de algunos de los sectores considerados estratégicos en la inversión 1 del componente 12 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: Movilidad sostenible, Comercio o Turismo, y ofrecerlos e intercambiarlos tanto con otras ciudades/territorios, como con el tejido empresarial de cada uno de los sectores estratégicos de la economía, así como con otros espacios de datos interoperables, entre ellos los financiados en el programa.

Los datos intercambiados mediante esta cooperación público-privada ayudarán a las empresas a mejorar sus productos y servicios, y a las entidades locales en la toma de decisiones sobre el funcionamiento de las ciudades. Este proyecto contribuirá igualmente a poner en valor la economía del dato, apoyando a la generación de un intercambio de datos entre las entidades locales y las empresas privadas de los sectores estratégicos.

Para el desarrollo del Proyecto EDINT se ha identificado a la Federación Española de Municipios y Provincias como la entidad que se encuentra en mejores condiciones para abordar el proyecto por su singularidad, carácter neutral y de confianza en relación con los sectores productivos, así como una legitimidad en la representación de los interesas comunes de las entidades locales participantes, asegurando que los beneficios se ponen a disposición de toda la economía y la sociedad y, por tanto, el interés público. 


Objeto y Actividades

El Real decreto tiene por objeto regular, con carácter de bases reguladoras, la concesión directa de una subvención, con carácter excepcional, a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), para financiar, desarrollar y gestionar el Proyecto Espacios de Datos para las Infraestructuras Urbanas Inteligentes (EDINT) y las actuaciones que lo conforman.

La subvención tiene como finalidad el desarrollo y explotación de Espacios de Datos para las Infraestructuras Urbanas Inteligentes (EDINT) por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Mediante este proyecto se creará un espacio de datos multisectorial que agrupe toda la información recogida por las distintas ciudades e intercambiarlos tanto con otras ciudades, como con el tejido empresarial de cada uno de los sectores estratégicos de la economía, en especial en el sector de la movilidad sostenible.  Los anexos I y II del Real Decreto describen las actividades y los casos de uso que forman parte del proyecto.

La Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad receptora de los fondos, será responsable de la operación del espacio de datos, asegurando así su continuidad y sostenibilidad a largo plazo. Desarrollará los componentes comunes y establecerá los estándares de funcionamiento, siguiendo los estándares establecidos para las ciudades inteligentes. Será igualmente la encargada de asegurar la conexión de las plataformas de las ciudades inteligentes con el espacio de datos, así como de establecer los esquemas de gobernanza que regulen su funcionamiento y su relación con otros espacios de datos sectoriales, asegurando la interoperabilidad. 

Este proyecto es una actuación prevista en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por lo que se deben cumplir los hitos y objetivos del proyecto, en línea con el cumplimiento de los hitos y objetivos fijados en la Decisión de Ejecución del Consejo (CID, Council Implementing Decision), de carácter vinculante y con la orientación a objetivos de este Plan.

El Proyecto subvencionado contribuirá y asegurará el cumplimiento del objetivo CID 180: “Grandes Espacios de Datos Sectoriales e Interoperables de Alto Valor creados en Sectores Estratégicos. 


Entidad beneficiaria, objetivos y actividades subvencionables

Será beneficiaria de la correspondiente subvención la Federación Española de Municipios y Provincias, asociación con personalidad jurídica propia carente de ánimo de lucro y reconocida legalmente como de utilidad pública, por acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985.

Para obtener la condición de beneficiaria la Federación Española de Municipios y Provincias deberá cumplir con los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

La Federación Española de Municipios y Provincias deberá destinar el importe de la subvención al cumplimiento de los objetivos del proyecto y al desarrollo de las actividades y casos de uso que se indican en los Anexos I y II del Real Decreto.


Plazo de ejecución y de prestación de la actividad.

El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables, objeto de este real decreto, será el comprendido entre la fecha de publicación del presente real decreto y el 31 de mayo de 2026. 

El beneficiario deberá asegurar la continuidad de la prestación del servicio disponible y accesible hasta dos años desde la presentación de la última justificación, de conformidad con el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


Obligaciones entidad beneficiaria

Las recogidas en el artículo 8 del Real Decreto.


Intensidad de la ayuda, cuantía y financiación.

La intensidad de la ayuda es del 100% de los gastos subvencionables.

La cuantía de la subvención asciende a 12.963.830,42 €.


Documentación a aportar con la solicitud

Ver Anexo V del Real Decreto.


Enlace al texto del Real Decreto

El Real Decreto está disponible aquí

Documentos
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