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C029/21-ED

CONVOCATORIA DE AYUDAS 2021 PARA LA CREACIÓN DE LA RED DE OFICINAS ACELERA PYME PARA ENTORNOS RURALES

Introducción:

El 23 de julio de 2020 se presentó el Plan España Digital 2025, una Agenda actualizada que impulsa la Transformación Digital de España como una de las palancas fundamentales para relanzar el crecimiento económico, la reducción de la desigualdad, el aumento de la productividad, y el aprovechamiento de todas las oportunidades que brindan estas nuevas tecnologías.

En el marco de esta estrategia, el Gobierno de España presentó el 27 de enero de 2021 el “Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025” con el que se pretende impulsar las reformas y transformaciones necesarias para avanzar en el proceso de digitalización de España. La cuarta medida del eje de actuación “Digitalización básica para las PYMEs”, incluye la creación de una Red de Oficinas Acelerapyme que presten asesoramiento a pymes y ayuden al fomento de la demanda tecnológica.

El 22 de junio de 2021 se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia está estructurado en torno a las cuatro transformaciones que el Gobierno situó como estratégicas: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial. Además, conforma el instrumento de desarrollo de los fondos europeos de recuperación “Next Generation EU” y supone el impulso más relevante de la reciente historia económica española

La inversión 3 del componente número 13 del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” (Impulso a la PYME), comparte los objetivos del “Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025”: la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, incorporando reformas e inversiones orientadas a facilitar la creación de empresas, su crecimiento y su restructuración, a mejorar el clima de negocios, así como a seguir impulsando los importantes procesos de aumento de productividad mediante la digitalización, la innovación y la internacionalización. Así mismo se incluye el Programa Acelerapyme 2.0 que busca potenciar y consolidar las oficinas Acelerapyme.

Las pymes en entornos rurales, independientemente del sector, proporcionan el tejido empresarial básico para la fijación de población. Cerca de un millón de pymes se encuentran situadas en municipios de menos de 20.000 habitantes abarcando sectores diversos y no solamente el sector primario. Estas empresas se encuentran con mayores dificultades que las empresas situadas en poblaciones de mayor tamaño para abordar los procesos de transformación digital básico, para crecer y ser competitivos.

En este marco, Red.es pone en marcha la Convocatoria 2021 para la creación de la red de oficinas Acelera Pyme para entornos rurales, con el fin de impulsar la adopción de tecnologías digitales por parte de las empresas principalmente ubicadas en municipios con poblaciones inferiores a 20.000 habitantes, ayudando en su transformación digital y, con ello, la transformación de la economía y de la sociedad hacia un entorno digital, contribuyendo al mantenimiento de la población rural y a la lucha contra la despoblación.


Descripción:

Esta Convocatoria tiene como finalidad seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas para la creación de la Red de Oficinas Acelera Pyme para entornos rurales dentro del Programa Acelera Pyme para el impulso a la adopción de las tecnologías por las empresas españolas (incluidas las de nueva creación), principalmente las pequeñas y medianas empresas (pymes), autónomos y emprendedores.

Se entiende por Oficina Acelera Pyme (OAP) uno o más espacios físicos repartidos por el territorio, y un espacio virtual en el que se realizan labores de sensibilización y apoyo a las empresas españolas (incluidas las de nueva creación), sobre las ventajas y metodologías innovadoras para optimizar el funcionamiento de sus negocios, mediante la incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en sus procesos, de modo que se favorezca la demanda de tecnologías innovadoras que contribuyan a la mejora de su productividad.

Los proyectos subvencionables presentados deberán incluir, entre otras actuaciones:

a) La puesta en marcha de la OAP.

b) La generación, difusión y puesta en valor de contenidos asociados a la adopción de tecnologías y procesos.

c) Actuaciones grupales tales como actuaciones de sensibilización y apoyo a las pymes sobre metodologías y tecnologías innovadoras favoreciendo su incorporación en sus procesos productivos y de gestión (seminarios, talleres, etc.).

d) Actuaciones de asesoramiento y soporte en las áreas principales de transformación digital.

e) Actuaciones grupales que permitan conectar la oferta tecnológica con la demanda existente.

Características de las ayudas:

Las ayudas de esta Convocatoria consistirán en subvenciones dinerarias destinadas a cofinanciar un proyecto presentado por el beneficiario. Los beneficiarios de estas ayudas recibirán una subvención para sufragar las actuaciones subvencionables de sus proyectos de puesta en marcha y prestación de servicios de las OAPs, durante un periodo de 24 meses desde la resolución de concesión de la Convocatoria.

Las oficinas físicas deberán estar ubicadas en el territorio en el que la OAP realice su actividad, pudiendo existir más de una ubicación física de la oficina en diferentes puntos del territorio.

Se entiende por territorio de actuación de la OAP el espacio físico que comprende una provincia, excepto para las Comunidades Autónomas insulares que cuenten con Cabildo o Consejo Insular propio, para las que se entiende por territorio el espacio físico que comprende cada una de las islas que las conforman.

Los proyectos presentados estarán asociados a la prestación de servicios en el territorio seleccionado en la solicitud.

Todas las acciones y servicios deberán estar enmarcados en el impulso del proceso de incorporación de tecnologías innovadoras de los usuarios de las actuaciones. No se subvencionarán acciones o servicios que no contribuyan a este objetivo. Asimismo, no se subvencionarán acciones de formación.

Las actuaciones presenciales que desarrolle la oficina se celebrarán en municipios de menos de 20.000 habitantes. Al menos el 60% de las actividades grupales que proponga la OAP deberán ser en modalidad presencial o mixta, salvo causas de fuerza mayor.

Todos los servicios que se presten por las OAPs serán gratuitos para los usuarios, no pudiendo recibirse ayudas o subvenciones para los mismos gastos subvencionables o generar ingresos a partir de las actuaciones financiadas.

Presupuesto y financiación:

El presupuesto total de las ayudas asciende a la cantidad de 23.800.000 €.

El importe mínimo de la ayuda solicitada por proyecto será de 300.000 € y el importe máximo de la ayuda solicitada será de 410.000 €.

El importe de la ayuda será como máximo el 80% del presupuesto subvencionable. El beneficiario cofinanciará el porcentaje restante. La Resolución de concesión determinará la intensidad final de la ayuda, así como la ayuda máxima concedida.

Con el fin de asegurar el máximo impacto de la actuación, tanto en cobertura de territorio como en destinatarios finales receptores de los servicios de las OAPs, se financiará hasta un máximo de dos proyectos por territorio. El proceso de asignación de ayudas será el siguiente:

a) Se elaborará una lista de prelación de acuerdo con los criterios de valoración del apartado octavo de la Convocatoria.

b) Siguiendo el orden de prelación de la lista, se seleccionará el proyecto mejor puntuado de cada territorio y hasta alcanzar el número mínimo de una OAP por territorio.

c) En caso de que, tras la aplicación del punto anterior, exista remanente presupuestario para financiar más proyectos, este se asignará entre las solicitudes de lista de prelación con mayor puntuación de cada territorio, priorizando aquellos territorios que tengan la mayor relación de territorio y pymes en zonas rurales, calculado como el resultado de multiplicar los km2 del territorio por el número de pymes en municipios de menos de 20.000 habitantes, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, hasta alcanzar el máximo de 2 proyectos por territorio.

Requisitos de participación:

En el procedimiento de concesión de subvenciones podrán ser solicitantes de las ayudas las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas en España y que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo sexto de las Bases Reguladoras:

a) Asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones y uniones de estas) profesionales y empresariales legalmente constituidas y dadas de alta en la Oficina Pública o el Registro correspondiente de asociaciones.

b) Colegios profesionales constituidos con arreglo al ordenamiento jurídico e inscritos en el Registro de Colegios Profesionales correspondiente.

c) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

d) Las Diputaciones Provinciales, las Comunidades Autónomas Uniprovinciales, los Cabildos Insulares, los Consejos Insulares, y las siguientes entidades locales supramunicipales definidas en el artículo 3.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:

d.1) Las Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas de conformidad con esta Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía
d.2) Las Mancomunidades de Municipios.

Una entidad solicitante solamente podrá presentar a esta Convocatoria un único proyecto por territorio, pudiendo presentar hasta 3 proyectos para territorios diferentes.

ü En el caso de que se reciban varias solicitudes del mismo interesado para un mismo territorio se tendrá en cuenta la última de las recibidas.

ü En el caso de que se reciban solicitudes del mismo interesado para más de 3 territorios se tendrá en cuanta los tres últimos proyectos presentados para territorios diferentes.

Documentación a presentar en la solicitud:

Toda la documentación de la solicitud deberá presentarse en castellano y deberá estar firmada digitalmente por un representante del solicitante debidamente apoderado. En el caso de que la entidad solicitante cuente con representación mancomunada, la firma deberá realizarse por todos los representantes que sean necesarios.

El detalle de la documentación a presentar se recoge en el Anexo I de la Convocatoria. La documentación necesaria para solicitar la ayuda se deberá presentar en dos momentos diferenciados:

A. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL MOMENTO DE FORMALIZAR LA SOLICITUD DE AYUDA:

  1. Solicitud electrónica. Se trata de un formulario habilitado en la Sede Electrónica de Red.es. Se cumplimentará y enviará, firmado digitalmente por el representante legal de la entidad.
  2. Documentación que acompaña la solicitud.

a) Memoria del proyecto.

b) Acuerdos con terceros.

c) Información económica.


B. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR TRAS LA EVALUACIÓN DE LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN, A REQUERIMIENTO DE RED.ES

  1. Acreditación de la representación del firmante.
  2. Acreditación de la identidad, los fines u objeto social y domicilio en España (solo para las entidades que se clasifiquen en los grupos A, B y C del punto 2 del apartado tercero de la Convocatoria).
  3. Acreditación de no haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo proyecto y gasto subvencionable procedentes de cualquier Administración o ente público.
  4. Acreditación de los requisitos establecidos en el artículo 6 de las Bases Reguladoras.

Documentos
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